- Ley
- REGLAMENTO del Senado de la República
- Artículo
- 254
Artículo 254 del REGLAMENTO del Senado de la República
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Aquí está la explicación en lenguaje simple: Para que la Sección de Enjuiciamiento (un grupo que decide sobre ciertos casos) pueda juntarse a trabajar, debe estar presente más de la mitad de sus miembros. Cuando toman una decisión, esa decisión se aprueba si la apoya más de la mitad de todos los integrantes; si hay un empate, se usan las reglas que ya están escritas para desempatar. Las juntas de este grupo son a puerta cerrada, es decir, nadie más puede ver lo que se dice o hace ahí. Para todo lo demás (cómo se reúnen, discuten y votan), siguen las mismas reglas que se usan para las comisiones y comités.
Texto oficial
Artículo 254 1. Para que sesione válidamente la Sección de Enjuiciamiento, es necesaria la asistencia de la mayoría de sus integrantes. 2. La Sección adopta sus resoluciones por mayoría absoluta de votos de sus integrantes y, en caso de empate, se aplican las normas previstas en este Reglamento. 3. Las reuniones de la Sección de Enjuiciamiento son secretas. 4. Para las reuniones, discusiones y votaciones en la Sección de Enjuiciamiento se aplican, en lo conducente, las normas establecidas en este Reglamento para las comisiones y los comités. SECCION SEPTIMA DE LAS DESIGNACIONES, RENUNCIAS Y LICENCIAS
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.