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Ley
REGLAMENTO del Senado de la República
Artículo
270

Artículo 270 del REGLAMENTO del Senado de la República

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando el presidente presenta su informe anual, el Senado puede citar a funcionarios del gobierno para que vayan a dar explicaciones o responder preguntas, siempre bajo juramento de decir la verdad. También puede llamarlos para hablar sobre leyes o temas relacionados con su trabajo. Las preguntas y cuestionamientos se pueden hacer tanto en persona como por escrito, siguiendo lo que dice la Constitución. Esto sirve para que los senadores revisen cómo van las cosas en el gobierno.

Texto oficial

Artículo 270 1. En el contexto del informe presidencial, el Senado puede convocar a comparecer a los servidores públicos obligados para que informen o respondan preguntas o interpelaciones, bajo protesta de decir verdad. Asimismo, puede hacerlo para el análisis de leyes o de asuntos referidos a los respectivos ramos o actividades de dichos servidores. 2. En el caso de las preguntas e interpelaciones, también pueden hacerse por escrito, en los términos del cuarto párrafo del artículo 93 de la Constitución.

Ver texto oficial del REGLAMENTO del Senado de la República (pág. 74) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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