- Ley
- REGLAMENTO del Senado de la República
- Artículo
- 28
Artículo 28 del REGLAMENTO del Senado de la República
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un grupo parlamentario (como el PRI, MORENA, PAN, etc.) en el Congreso se queda con menos miembros de los que marca la ley, automáticamente ya no existe oficialmente. La ley les da hasta 30 días para hacer todos los trámites de disolución del grupo, como entregar oficinas o recursos.
Texto oficial
Artículo 28 1. Los grupos parlamentarios que por cualquier causa dejan de tener el mínimo de integrantes que establece la Ley se consideran disueltos para todos los efectos legales y reglamentarios. Para la tramitación administrativa correspondiente disponen de un plazo de hasta treinta días.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.