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Ley
REGLAMENTO del Senado de la República
Artículo
288

Artículo 288 del REGLAMENTO del Senado de la República

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 288 habla de dos cosas: el ceremonial y el protocolo en el Senado. El ceremonial son las reglas o formalidades que se siguen en eventos importantes, como sesiones especiales. El protocolo es la manera práctica de aplicar esas reglas, sobre todo en el trato que reciben las autoridades mexicanas o extranjeras cuando van al Senado. En otras palabras, el ceremonial es el "qué hacer" y el protocolo es el "cómo hacerlo".

Texto oficial

Artículo 288 1. El ceremonial en el Senado incluye el conjunto de reglas o formalidades a seguir en sesiones solemnes y actos relevantes. 2. El protocolo consiste en la forma operativa de aplicar el ceremonial en lo referente al trato que se otorga a las autoridades gubernamentales y personalidades del país o del extranjero, que asisten a sesiones solemnes o actos del Senado.

Ver texto oficial del REGLAMENTO del Senado de la República (pág. 81) ↗

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