- Ley
- REGLAMENTO del Senado de la República
- Artículo
- 300
Artículo 300 del REGLAMENTO del Senado de la República
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Senado tiene varias oficinas para hacer su trabajo y administrarse. Hay secretarías (como las de Servicios Parlamentarios y Administrativos), una Tesorería (que maneja el dinero) y una Contraloría Interna (que vigila que todo se haga bien). Los jefes de esas oficinas son elegidos y pueden ser removidos por votación de todos los senadores, a propuesta de la Mesa Directiva (el grupo que organiza el trabajo del Senado). La Mesa Directiva también puede crear otras oficinas para apoyar cosas como las relaciones con otros países y la comunicación con la gente. Los jefes de esas oficinas los elige y quita la misma Mesa. Todas esas oficinas hacen lo que les dice la ley, el reglamento del Senado y los acuerdos de la Mesa. Además, el Senado tiene el Instituto Belisario Domínguez, que se dedica a investigar sobre leyes y temas jurídicos. También está el Centro de Estudios Internacionales Gilberto Bosques, que estudia política internacional y la política exterior de México. Este centro ayuda a las comisiones de relaciones exteriores del Senado y apoya a senadores y grupos en asuntos de diplomacia y protocolo con otros países.
Texto oficial
Artículo 300 1. En los términos de la Ley, para el debido cumplimiento de sus funciones parlamentarias y su administración, el Senado cuenta con las secretarías generales de Servicios Parlamentarios y de Servicios Administrativos, la Tesorería y la Contraloría Interna, cuyos titulares son designados y removidos por el Pleno a propuesta de la Mesa. 2. El Senado cuenta también con las unidades administrativas que acuerda la Mesa Directiva, las que dependen de ésta, la cual designa y remueve a los titulares conforme a la Ley. Dichas unidades se encargan de apoyar las actividades relativas a la diplomacia parlamentaria y las relaciones internacionales, así como las tareas de comunicación social. Los respectivos acuerdos de la Mesa establecen las bases de organización y funcionamiento de las mismas. 3. Las secretarías generales, la Tesorería, la Contraloría Interna y las unidades a que se refiere este artículo, tendrán las atribuciones que señalan, en su caso, la Ley, este Reglamento, los acuerdos de la Mesa y demás disposiciones aplicables. 4. El Instituto Belisario Domínguez del Senado de la República tiene a su cargo tareas de investigación jurídica y legislativa 5. El Centro de Estudios Internacionales Gilberto Bosques del Senado de la República tendrá como objeto la realización de estudios y el acopio de información sobre temas de política internacional y política exterior de México; así como el prestar apoyo a las comisiones de relaciones exteriores para el desarrollo de sus actividades y el ejercicio de las facultades exclusivas del Senado en materia de política exterior; además de auxiliar a los órganos directivos, comisiones, grupos parlamentarios y senadores que así lo requieran en cuanto a diplomacia parlamentaria y protocolo en el ámbito internacional. Numeral adicionado DOF 20-12-2011
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