- Ley
- REGLAMENTO del Senado de la República
- Artículo
- 299
Artículo 299 del REGLAMENTO del Senado de la República
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los senadores y su equipo de trabajo no pueden recibir regalos, dinero o cosas de valor de nadie que esté tratando de influir de manera ilegal en las decisiones del Senado (a esto se le llama cabildeo ilegal). Si alguien rompe esta regla, se le aplicarán las consecuencias que marcan las leyes de responsabilidades de los servidores públicos o el código penal, dependiendo de la gravedad del asunto. Básicamente, está prohibido que les den "mordidas" o favores a cambio de que tomen decisiones a modo.
Texto oficial
Artículo 299 1. Los senadores o el personal de apoyo no pueden aceptar dádivas o pagos en efectivo o en especie por parte de persona alguna que realice cabildeo o participe de cualquier otro modo para influir ilícitamente en las decisiones del Senado. 2. Toda infracción a esta norma será castigada en términos de las leyes de responsabilidades o la legislación penal, según corresponda. TITULO DECIMO DE LOS SERVICIOS PARLAMENTARIOS, ADMINISTRATIVOS Y TECNICOS CAPITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES
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