- Ley
- REGLAMENTO del Senado de la República
- Artículo
- 6
Artículo 6 del REGLAMENTO del Senado de la República
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los senadores tienen protección especial mientras están en su cargo, desde que juran el puesto hasta que terminan su trabajo. Esta protección, llamada inmunidad, evita que los acusen fácilmente por cualquier motivo. Pero sí pueden ser castigados si cometen delitos, solo que se debe seguir un proceso especial que marca la Constitución y las leyes. También aplican reglas específicas si cometen faltas administrativas, como no cumplir con sus obligaciones. En pocas palabras, no están por encima de la ley, pero se necesitan trámites especiales para acusarlos.
Texto oficial
Artículo 6 1. Durante el ejercicio de su encargo, los senadores tienen la inmunidad que establecen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes. Dicha inmunidad inicia una vez que se rinde la protesta señalada en el artículo 128 de la Constitución y concluye el último día de ejercicio del cargo. 2. Los senadores son responsables por los delitos que cometen durante el tiempo en que ejerzan su cargo. Para que se proceda penalmente en su contra, deben cumplirse los requisitos, trámites y procedimientos que establecen la Constitución y la normativa aplicable. 3. En los casos de faltas de orden administrativo en que incurren los senadores durante el ejercicio del cargo, los requisitos, trámites y procedimientos son los que establece la legislación aplicable.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.