- Ley
- REGLAMENTO del Senado de la República
- Artículo
- 7
Artículo 7 del REGLAMENTO del Senado de la República
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando un senador es detenido o alguna autoridad le impide hacer su trabajo, el Presidente debe actuar de inmediato para proteger la inmunidad del senador. La inmunidad es una protección especial que tienen los senadores para que no los molesten ni los detengan mientras cumplen con su cargo. El Presidente hace lo necesario para que el senador pueda seguir trabajando sin problemas.
Texto oficial
Artículo 7 1. Una vez conocida la detención de un senador o cualquier otra actuación de autoridad judicial o administrativa que obstaculice o impida el desempeño de su cargo, el Presidente realiza de inmediato las acciones necesarias para salvaguardar la inmunidad constitucional. CAPITULO SEGUNDO DE LOS DERECHOS Y LAS OBLIGACIONES
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