Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_Senado/85
Ley
REGLAMENTO del Senado de la República
Artículo
85

Artículo 85 del REGLAMENTO del Senado de la República

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres senador y te toca hablar pero no estás en el salón cuando te llaman, te pasan hasta el final de la lista de oradores de ese mismo punto del día. Si para cuando terminan todos los demás sigues sin estar presente, pierdes tu derecho a hablar y se toma como que renunciaste a participar.

Texto oficial

Artículo 85 1. Al senador que no se encuentra en el salón de sesiones cuando es su turno en el uso de la palabra, se le otorga al final de la lista de oradores en el apartado que corresponde del Orden del Día. 2. En el supuesto de que el senador no esté presente al finalizar la lista de oradores, se considera que declina su participación.

Ver texto oficial del REGLAMENTO del Senado de la República (pág. 25) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

Artículo 85 del REGLAMENTO del Senado de la República, explicado | Precedente Legal