Artículo 25 del Reglamento Abrogado
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 25 dice que los permisos para licuefacción (convertir gas natural en líquido) se le dan a quien tenga sistemas para hacer ese cambio físico. Esto sirve para mantener el gas en estado líquido, transportarlo, aprovecharlo o usarlo como combustible en vehículos. Básicamente, si quieres convertir gas natural en líquido por alguna de esas razones, necesitas contar con el equipo adecuado y pedir el permiso correspondiente.
Texto oficial
Artículo 25.- Los permisos de licuefacción se otorgarán a quienes cuenten con Sistemas mediante los cuales el Gas Natural se somete a un proceso físico para cambiar la fase gaseosa a líquida, con objeto de mantenerlo en fase líquida, transportarlo o utilizarlo en Instalaciones de Aprovechamiento, o como combustible en vehículos automotores.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.