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Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
1090

Artículo 1090 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si varias personas aprovechan o usan de algo (como un beneficio o un recurso), el gasto o la obligación que eso genere se reparte entre todas según cuánto lo haya usado cada quien. O sea, el que más aprovecha, más paga. Eso es así a menos que ya exista una regla escrita o un acuerdo entre todos que diga otra cosa. Si no hay ese acuerdo, la repartición es justa por el uso que cada uno le dio.

Texto oficial

Art. 1090.- Si los que se aprovecharen fueren varios, la obligación recaerá sobre todos en proporción de su aprovechamiento, si no hubiere prescripción o convenio en contrario.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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