- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 1131
Artículo 1131 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Básicamente, este artículo dice que la forma en que usas un derecho de paso (llamado servidumbre) también se puede ganar o perder con el tiempo, igual que el derecho mismo. O sea, si llevas muchos años usando un acceso de cierta manera, esa forma de usarlo se vuelve oficial, y si dejas de usarlo por mucho tiempo, también se puede perder. Es como una regla de "con el tiempo, las costumbres se vuelven ley" para estos casos. La ley no explica exactamente cuántos años, pero sí dice que aplican las mismas reglas de la prescripción. En corto: el uso constante hace valer el derecho, y el abandono lo puede extinguir.
Texto oficial
Art. 1131.- El modo de usar la servidumbre puede prescribirse en el tiempo y de la manera que la servidumbre misma. TITULO SEPTIMO DE LA PRESCRIPCIÓN CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.