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Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
1201

Artículo 1201 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si pones en tu testamento una razón ilegal para dar algo, aunque esa razón sea cierta, se ignora por completo. Es decir, el juez la borra y no afecta lo que dejaste. Lo que cuenta es la voluntad de dar, no el motivo que pusiste. Así, no puedes usar un regalo para justificar algo que va contra la ley.

Texto oficial

Art. 1201.- La expresión de una causa contraria a derecho, aunque sea verdadera, se tendrá por no escrita. CAPITULO II DE LA CAPACIDAD PARA TESTAR

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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