- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 1201
Artículo 1201 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si pones en tu testamento una razón ilegal para dar algo, aunque esa razón sea cierta, se ignora por completo. Es decir, el juez la borra y no afecta lo que dejaste. Lo que cuenta es la voluntad de dar, no el motivo que pusiste. Así, no puedes usar un regalo para justificar algo que va contra la ley.
Texto oficial
Art. 1201.- La expresión de una causa contraria a derecho, aunque sea verdadera, se tendrá por no escrita. CAPITULO II DE LA CAPACIDAD PARA TESTAR
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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