- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 13
Artículo 13 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si firmas un contrato o haces un trato en otro país o estado, pero lo que acordaron se va a cumplir aquí en México, entonces aplican las reglas de este Código. O sea, aunque el papel se haya hecho afuera, lo que cuenta es la ley mexicana para que se respete lo que prometieron. No importa dónde lo firmaste, sino dónde se va a llevar a cabo. Así, los jueces de aquí usan estas reglas para resolver cualquier problema.
Texto oficial
Art. 13.- Los efectos jurídicos de actos y contratos celebrados fuera del Estado que deban ser ejecutados en su territorio, se regirán por las disposiciones de este Código.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.