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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/nuevo-leon/codigo-civil/1412
Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
1412

Artículo 1412 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no vale, porque fue eliminado de la ley en el año 2000. En pocas palabras, no tienes que preocuparte por él: no tiene ningún efecto hoy en día. Es como si nunca hubiera existido para lo que se hace ahora.

Texto oficial

Art. 1412.- (DEROGADO, P.O. 13 DE OCTUBRE DE 2000)

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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