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Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
1447

Artículo 1447 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Un testamento ológrafo es el que escribes tú mismo, de tu propia mano, sin que nadie te ayude ni lo dicte. No necesita que un abogado o notario lo redacte, pero sí debe estar totalmente escrito y firmado por ti. Es como una carta tuya donde dejas dicho a quién le toca lo que tienes. Para que valga, tiene que ser todo original, con tu letra.

Texto oficial

Art. 1447.- Se llama testamento ológrafo al escrito de puño y letra del testador.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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