- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 1447
Artículo 1447 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Un testamento ológrafo es el que escribes tú mismo, de tu propia mano, sin que nadie te ayude ni lo dicte. No necesita que un abogado o notario lo redacte, pero sí debe estar totalmente escrito y firmado por ti. Es como una carta tuya donde dejas dicho a quién le toca lo que tienes. Para que valga, tiene que ser todo original, con tu letra.
Texto oficial
Art. 1447.- Se llama testamento ológrafo al escrito de puño y letra del testador.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.