- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 1448
Artículo 1448 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que el testamento ológrafo (un testamento escrito a mano por ti mismo) solo lo pueden hacer personas mayores de edad, es decir, de 18 años o más. Para que valga, tienes que escribirlo tú completo con tu puño y letra, y firmarlo tú mismo, además de anotar el día, mes y año en que lo hiciste. Si eres extranjero, puedes escribir ese testamento en tu propio idioma sin problema. Ojo: si no cumples con escribirlo todo a mano, firmarlo y ponerle la fecha, no tiene validez legal.
Texto oficial
Art. 1448.- Este testamento solo podrá ser otorgado por las personas mayores de edad, y para que sea válido, deberá estar totalmente escrito por el testador y firmado por él, con expresión del día, mes y año en que se otorgue. Los extranjeros podrán otorgar testamento ológrafo en su propio idioma.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.