- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 1482
Artículo 1482 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo ya no está vigente, fue eliminado de la ley el 13 de octubre del año 2000. Eso significa que ya no tiene ningún efecto ni se aplica a nadie. Si buscabas una regla que te protegiera o te obligara, esta ya no existe. Por lo tanto, no necesitas hacer nada por cumplirla ni te puede afectar de ninguna manera. Lo importante es que sepas que esta parte de la ley quedó sin valor desde hace más de veinte años.
Texto oficial
Art. 1482.- (DEROGADO, P.O. 13 DE OCTUBRE DE 2000)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.