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Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
1486

Artículo 1486 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no existe, fue eliminado en el año 2000. No tiene ninguna vigencia ni aplicación en la actualidad.

Texto oficial

Art. 1486.- (DEROGADO, P.O. 13 DE OCTUBRE DE 2000)

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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