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- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 1487
Artículo 1487 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no tiene validez, porque fue eliminado de la ley en el año 2000. Cuando una ley se "deroga", significa que deja de existir y ya no se aplica para nada. Así que, si estabas buscando información aquí, ya no tienes que preocuparte por cumplir con lo que decía. Mejor consulta las leyes que están vigentes hoy.
Texto oficial
Art. 1487.- (DEROGADO, P.O. 13 DE OCTUBRE DE 2000)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.