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Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
1592

Artículo 1592 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ser albacea es la persona que se encarga de cumplir lo que dejó dicho alguien en su testamento, como repartir sus bienes o pagar sus deudas. Aceptar ese papel es totalmente voluntario, nadie te puede obligar a hacerlo. Pero ojo: si dices que sí, ya te comprometes a llevarlo a cabo hasta el final. Si lo dejas a medias sin razón válida, puedes tener problemas legales. En resumen, es como aceptar un encargo: puedes rechazarlo, pero si lo tomas, ya es tu responsabilidad.

Texto oficial

Art. 1592.- El cargo de albacea es voluntario; pero el que lo acepte, se constituye en la obligación de desempeñarlo.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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