- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 1592
Artículo 1592 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Ser albacea es la persona que se encarga de cumplir lo que dejó dicho alguien en su testamento, como repartir sus bienes o pagar sus deudas. Aceptar ese papel es totalmente voluntario, nadie te puede obligar a hacerlo. Pero ojo: si dices que sí, ya te comprometes a llevarlo a cabo hasta el final. Si lo dejas a medias sin razón válida, puedes tener problemas legales. En resumen, es como aceptar un encargo: puedes rechazarlo, pero si lo tomas, ya es tu responsabilidad.
Texto oficial
Art. 1592.- El cargo de albacea es voluntario; pero el que lo acepte, se constituye en la obligación de desempeñarlo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.