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Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
1594

Artículo 1594 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si te nombran albacea (la persona encargada de cumplir la voluntad del difunto) y no quieres aceptar el cargo, tienes que decir que te excusas en un plazo de 3 días desde que te enteraste del nombramiento, o desde que supiste que el testador murió, si ya sabías que te habían elegido antes. Si pasas esos días sin decir nada y luego te niegas, tendrás que pagar los daños y perjuicios (es decir, los gastos o pérdidas que tu retraso haya causado). En resumen: si no avisas rápido, te vuelves responsable por los problemas que causes.

Texto oficial

Art. 1594.- El albacea que presentare excusas, deberá hacerlo dentro de los tres días siguientes a aquél en que tuvo noticia de su nombramiento; o si éste le era ya conocido, dentro de los tres días siguientes a aquél en que tuvo noticia de la muerte del testador. Si presenta sus excusas fuera del término señalado, responderá de los daños y perjuicios que ocasione.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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