- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 1690
Artículo 1690 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Un contrato es un acuerdo entre dos o más personas que crea obligaciones o transfiere derechos, como cuando compras algo o rentas un lugar. En lugar de llamarlo "convenio", la ley le dice "contrato" cuando ese acuerdo genera o cambia compromisos legales. Por ejemplo, si tú y otra persona se ponen de acuerdo para vender o prestar un servicio, eso ya es un contrato. En pocas palabras, el artículo solo aclara que los acuerdos con efectos legales se llaman contratos.
Texto oficial
Art. 1690.- Los convenios que producen o transfieren las obligaciones y derechos toman el nombre de contratos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.