- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 1716
Artículo 1716 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando alguien te obliga a aceptar un contrato usando golpes, fuerza física o amenazas serias, eso es violencia según la ley. Las amenazas cuentan si ponen en riesgo tu vida, tu honor, tu libertad, tu salud, o una buena parte de tus cosas. También aplica si el peligro es para tu esposo o esposa, tus papás, tus hijos o tus hermanos. En resumen, si te presionan de esa forma, el contrato no es válido porque lo firmaste a la fuerza.
Texto oficial
Art. 1716.- Hay violencia cuando se emplea fuerza física o amenazas que importen peligro de perder la vida, la honra, la libertad, la salud, o una parte considerable de los bienes del contratante, de su cónyuge, de sus ascendientes, de sus descendientes o de sus parientes colaterales dentro del segundo grado.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.