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Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
1716

Artículo 1716 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando alguien te obliga a aceptar un contrato usando golpes, fuerza física o amenazas serias, eso es violencia según la ley. Las amenazas cuentan si ponen en riesgo tu vida, tu honor, tu libertad, tu salud, o una buena parte de tus cosas. También aplica si el peligro es para tu esposo o esposa, tus papás, tus hijos o tus hermanos. En resumen, si te presionan de esa forma, el contrato no es válido porque lo firmaste a la fuerza.

Texto oficial

Art. 1716.- Hay violencia cuando se emplea fuerza física o amenazas que importen peligro de perder la vida, la honra, la libertad, la salud, o una parte considerable de los bienes del contratante, de su cónyuge, de sus ascendientes, de sus descendientes o de sus parientes colaterales dentro del segundo grado.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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