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Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
1717

Artículo 1717 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El miedo que sientes por no quedar mal con tus papás, jefes o alguien a quien le debes respeto no cuenta como presión para anular un acuerdo. O sea, si firmaste algo solo por no desagradarle a esa persona, no puedes decir después que te obligaron. Para que un contrato se invalide por miedo, tiene que ser algo más serio, como una amenaza real de peligro. Así que el simple "no quería quedar mal" no es excusa legal.

Texto oficial

Art. 1717.- El temor reverencial, esto es, el solo temor de desagradar a las personas a quienes se debe sumisión y respeto, no basta para viciar el consentimiento.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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