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Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
1752

Artículo 1752 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si una palabra del contrato se puede entender de varias formas, se le dará el significado que mejor encaje con el propósito del acuerdo y con lo que las partes querían lograr. O sea, no te aferres a una definición técnica si eso contradice lo que realmente se pactó. Lo importante es que la interpretación sea lógica y vaya con el sentido del negocio que firmaste. Así se evitan malentendidos y se respeta la intención real del trato.

Texto oficial

Art. 1752.- Las palabras que pueden tener distintas acepciones serán entendidas en aquella que sea mas conforme a la naturaleza y objeto del contrato.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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