- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 1751
Artículo 1751 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando leas un contrato, no veas cada frase por separado. Todas las cláusulas se leen juntas, como un todo, para que una ayude a entender a la otra. Si alguna parte queda confusa o con doble sentido, se le da el significado que tenga más lógica tomando en cuenta todo el contrato. O sea, nada de interpretar una frase fuera de contexto, porque todo se conecta. Es como armar un rompecabezas: necesitas todas las piezas para ver la imagen completa.
Texto oficial
Art. 1751.- Las cláusulas de los contratos deben interpretarse las unas por las otras, atribuyendo a las dudosas el sentido que resulte del conjunto de todas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.