- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 1849
Artículo 1849 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si el día en que se debe cumplir algo no está seguro de que llegue, entonces no es una obligación simple, sino que depende de una condición. Por ejemplo, si te deben pagar "cuando llueva", eso es incierto porque no sabes si va a pasar. En ese caso, se aplican las mismas reglas que se explican en el capítulo anterior de la ley, que habla justo de las obligaciones que dependen de condiciones. En corto, es como una apuesta: la obligación solo se cumple si pasa lo que se acordó, y si no pasa, se queda sin efecto.
Texto oficial
Art. 1849.- Si la incertidumbre consistiere en si ha de llegar o no el día, la obligación será condicional y se regirá por las reglas que contiene el Capítulo que precede.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.