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Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
1849

Artículo 1849 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si el día en que se debe cumplir algo no está seguro de que llegue, entonces no es una obligación simple, sino que depende de una condición. Por ejemplo, si te deben pagar "cuando llueva", eso es incierto porque no sabes si va a pasar. En ese caso, se aplican las mismas reglas que se explican en el capítulo anterior de la ley, que habla justo de las obligaciones que dependen de condiciones. En corto, es como una apuesta: la obligación solo se cumple si pasa lo que se acordó, y si no pasa, se queda sin efecto.

Texto oficial

Art. 1849.- Si la incertidumbre consistiere en si ha de llegar o no el día, la obligación será condicional y se regirá por las reglas que contiene el Capítulo que precede.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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