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Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
2059

Artículo 2059 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si el acto es gratuito, es decir, que no implica un pago o beneficio económico para quien lo realiza, se puede anular aunque ambas personas hayan actuado de buena fe, o sea, sin mala intención ni engaño. Esto significa que no importa que ambos creyeran que todo estaba bien: si el acto no cumple con la ley, se anula. Aplica solo cuando no hay dinero o compensación de por medio, como en un regalo o una donación.

Texto oficial

Art. 2059.- Si el acto fuere gratuito, tendrá lugar la nulidad aun cuando haya habido buena fé por parte de ambos contratantes.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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