- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 2188
Artículo 2188 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si no acordaron cuándo ni dónde pagar, entonces el pago se hace exactamente cuando y donde se te entregue la cosa. Por ejemplo, si te dan el producto en tu casa un martes, ahí y en ese momento pagas. Es una regla que aplica solo si no pactaron algo distinto. O sea, la entrega y el pago van juntos si no dijeron otra cosa.
Texto oficial
Art. 2188.- Si no se han fijado tiempo y lugar, el pago se hará en el tiempo y lugar en que se entregue la cosa.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.