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- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 2235
Artículo 2235 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no existe. La ley que lo contenía fue derogada, o sea, quitada, el 2 de agosto de 1991. Eso significa que desde esa fecha ya no tiene ningún efecto ni se aplica en ningún caso. Básicamente, es letra muerta que ya no te afecta para nada.
Texto oficial
Art. 2235.- (DEROGADO, P.O. 2 DE AGOSTO DE 1991)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.