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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/nuevo-leon/codigo-civil/2235
Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
2235

Artículo 2235 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no existe. La ley que lo contenía fue derogada, o sea, quitada, el 2 de agosto de 1991. Eso significa que desde esa fecha ya no tiene ningún efecto ni se aplica en ningún caso. Básicamente, es letra muerta que ya no te afecta para nada.

Texto oficial

Art. 2235.- (DEROGADO, P.O. 2 DE AGOSTO DE 1991)

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.