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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/nuevo-leon/codigo-civil/2234
Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
2234

Artículo 2234 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando alguien te regala algo, ese regalo se vuelve válido hasta que tú lo aceptas y le avisas al que te lo dio. Si no le dices que lo aceptaste, el regalo no se considera hecho oficialmente. Así que no basta con quererlo, tienes que comunicarle tu aceptación para que quede formal. Es como cuando te dan un pastel: no es tuyo hasta que dices "sí, lo quiero".

Texto oficial

Art. 2234.- La donación es perfecta desde que el donatario la acepta y hace saber la aceptación al donador.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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