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Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
2343

Artículo 2343 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si el dueño de una casa o departamento no hace las reparaciones que la autoridad de salud le ordene para que el lugar sea habitable y limpio, y por eso te enfermas o tienes problemas, él tiene que pagarte los daños. Es decir, si no cumple con hacer las obras necesarias para que el lugar sea sano, él es el responsable de lo que te pase.

Texto oficial

Art. 2343.- El arrendador que no haga las obras que ordene el Departamento de Salubridad Pública como necesarias para que una localidad sea habitable e higiénica, es responsable de los daños y perjuicios que los inquilinos sufran por esa causa.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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