- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 2343
Artículo 2343 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si el dueño de una casa o departamento no hace las reparaciones que la autoridad de salud le ordene para que el lugar sea habitable y limpio, y por eso te enfermas o tienes problemas, él tiene que pagarte los daños. Es decir, si no cumple con hacer las obras necesarias para que el lugar sea sano, él es el responsable de lo que te pase.
Texto oficial
Art. 2343.- El arrendador que no haga las obras que ordene el Departamento de Salubridad Pública como necesarias para que una localidad sea habitable e higiénica, es responsable de los daños y perjuicios que los inquilinos sufran por esa causa.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.