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Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
2442

Artículo 2442 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El mandato es un acuerdo donde le das permiso a alguien para que haga cosas por ti, como trámites o pagos. Puedes encargarle cualquier cosa que sea legal y que no necesite que tú estés presente físicamente. Por ejemplo, no puedes pedirle que firme por ti un documento que la ley obliga a firmar tú mismo. Si el acto es ilegal, tampoco se puede encargar. En pocas palabras, solo sirve para cosas permitidas y donde tú no tengas que estar sí o sí.

Texto oficial

Art. 2442.- Pueden ser objeto del mandato todos los actos lícitos para los que la ley no exige la intervención personal del interesado.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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