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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/nuevo-leon/codigo-civil/2591
Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
2591

Artículo 2591 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El contrato de sociedad es el acuerdo donde varias personas se juntan para crear un negocio o empresa. Este artículo dice que ese acuerdo no se puede cambiar, por ejemplo, si quieren agregar un nuevo socio o ajustar las reglas, a menos que todos los socios estén de acuerdo. O sea, se necesita el sí de cada uno de ellos, sin excepciones. Si alguien no quiere, no se puede modificar nada, aunque sea la mayoría.

Texto oficial

Art. 2591.- El contrato de sociedad no puede modificarse sino por consentimiento unánime de los socios.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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