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Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
297

Artículo 297 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La línea, en temas de familia, es como un árbol genealógico. Hay dos tipos: la línea recta es cuando una persona viene directamente de otra, como tus papás, abuelos o hijos. La línea transversal es entre parientes que no son directos, pero que vienen de la misma familia, como tus primos, tíos o sobrinos. En resumen, la recta es de arriba hacia abajo (padres a hijos) y la transversal es de lado (hermanos, primos, etc.), pero todos salen de un mismo tronco familiar.

Texto oficial

Art. 297.- La línea es recta o transversal: la recta se compone de la serie de grados entre personas que descienden unas de otras; la transversal se compone de la serie de grados entre personas que sin descender unas de otras, proceden de un progenitor o tronco común.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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