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Ley
Código Fiscal del Estado de Nuevo León
Artículo
1

Artículo 1 del Código Fiscal del Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Todas las personas (tanto las que son individuos como las empresas) tienen que pagar impuestos para que el gobierno pueda funcionar, según lo que dicen las leyes de impuestos. Si una ley no cubre algún caso, se aplica lo que dice este Código. El gobierno, los municipios y sus empresas solo pagan impuestos cuando una ley lo dice claramente. Y si alguien no tiene que pagar impuestos, igual debe cumplir con las otras obligaciones que la ley le ponga de forma explícita.

Texto oficial

ARTICULO 1.- Las personas físicas y las morales están obligadas a contribuir para el gasto público del Estado conforme a las leyes fiscales respectivas. Las disposiciones de este Código se aplicarán en su defecto. El Estado, los Municipios y sus organismos descentralizados quedan obligados a pagar contribuciones únicamente cuando las leyes lo señalen expresamente. Las personas que de conformidad con las leyes fiscales no estén obligadas a pagar contribuciones, únicamente tendrán las otras obligaciones que establezcan en forma expresa las propias leyes.

Ver texto oficial del Código Fiscal del Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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