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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/nuevo-leon/codigo-fiscal/117
Ley
Código Fiscal del Estado de Nuevo León
Artículo
117

Artículo 117 del Código Fiscal del Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no tiene ningún efecto, porque fue eliminado de la ley en diciembre de 2009. En términos simples, cuando la ley dice que algo se deroga, significa que ya no existe ni se aplica. Así que no te preocupes por lo que decía antes, ya no tienes que cumplirlo.

Texto oficial

ARTÍCULO 117.- Se deroga. (P.O. 23 DE DICIEMBRE DE 2009)

Ver texto oficial del Código Fiscal del Estado de Nuevo León (pág. 71) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.