- Ley
- Código Fiscal del Estado de Nuevo León
- Artículo
- 195
Artículo 195 del Código Fiscal del Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo ya no existe en la ley: fue eliminado (derogado) en 1991 por otra ley. En términos simples, ya no tiene validez ni se aplica. Así que no hay nada que cumplir ni que te afecte de él. Solo es un hueco legal que quedó vacío desde hace años.
Texto oficial
ARTICULO 195.- (DEROGADO POR EL ARTICULO SEGUNDO TRANSITORIO DE LA LEY ORGANICA DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE NUEVO LEON, P.O. 5 DE JULIO DE 1991)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.