- Ley
- Código Fiscal del Estado de Nuevo León
- Artículo
- 199
Artículo 199 del Código Fiscal del Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo ya no es válido, como si lo hubieran borrado del libro de leyes. Está derogado, lo que significa que dejó de aplicarse en 1991. Por lo tanto, no tiene ningún efecto legal hoy en día. Si alguien te dice que este artículo te obliga a algo, no le hagas caso. Solo te sirve para saber que existió antes, pero ya no cuenta.
Texto oficial
ARTICULO 199.- (DEROGADO POR EL ARTICULO SEGUNDO TRANSITORIO DE LA LEY ORGANICA DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE NUEVO LEON, P.O. 5 DE JULIO DE 1991)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.