- Ley
- Código Fiscal del Estado de Nuevo León
- Artículo
- 200
Artículo 200 del Código Fiscal del Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo ya no existe legalmente, fue eliminado del todo en 1991. O sea, lo que decía antes ya no aplica para nada, es como si lo hubieran borrado del libro de leyes. No te preocupes por lo que decía, porque ya no tiene ningún efecto.
Texto oficial
ARTICULO 200.- (DEROGADO POR EL ARTICULO SEGUNDO TRANSITORIO DE LA LEY ORGANICA DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE NUEVO LEON, P.O. 5 DE JULIO DE 1991)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.