- Ley
- Código Fiscal del Estado de Nuevo León
- Artículo
- 201
Artículo 201 del Código Fiscal del Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo ya no tiene validez, porque fue eliminado por una ley posterior en 1991. En otras palabras, si lo buscas en la ley actual, ya no existe. Se anuló para reemplazarlo por las reglas del nuevo tribunal que atiende los conflictos entre la gente y el gobierno de Nuevo León. Así que no tienes que preocuparte por él, ya no se aplica en ningún caso.
Texto oficial
ARTICULO 201.- (DEROGADO POR EL ARTICULO SEGUNDO TRANSITORIO DE LA LEY ORGANICA DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE NUEVO LEON, P.O. 5 DE JULIO DE 1991)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.