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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/nuevo-leon/codigo-fiscal/201
Ley
Código Fiscal del Estado de Nuevo León
Artículo
201

Artículo 201 del Código Fiscal del Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no tiene validez, porque fue eliminado por una ley posterior en 1991. En otras palabras, si lo buscas en la ley actual, ya no existe. Se anuló para reemplazarlo por las reglas del nuevo tribunal que atiende los conflictos entre la gente y el gobierno de Nuevo León. Así que no tienes que preocuparte por él, ya no se aplica en ningún caso.

Texto oficial

ARTICULO 201.- (DEROGADO POR EL ARTICULO SEGUNDO TRANSITORIO DE LA LEY ORGANICA DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE NUEVO LEON, P.O. 5 DE JULIO DE 1991)

Ver texto oficial del Código Fiscal del Estado de Nuevo León (pág. 97) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.