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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/nuevo-leon/codigo-fiscal/233
Ley
Código Fiscal del Estado de Nuevo León
Artículo
233

Artículo 233 del Código Fiscal del Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no está vigente, o sea, ya no se usa. Fue eliminado (derogado) en 1991, cuando se publicó una nueva ley en Nuevo León. La ley que lo reemplazó creó un tribunal especial para resolver ciertos problemas entre la gente y el gobierno. Así que no tienes que preocuparte por él, ya no tiene ningún efecto.

Texto oficial

ARTICULO 233.- (DEROGADO POR EL ARTICULO SEGUNDO TRANSITORIO DE LA LEY ORGANICA DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE NUEVO LEON, P.O. 5 DE JULIO DE 1991)

Ver texto oficial del Código Fiscal del Estado de Nuevo León (pág. 100) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.