- Ley
- Código Fiscal del Estado de Nuevo León
- Artículo
- 243
Artículo 243 del Código Fiscal del Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo ya no existe porque fue eliminado o derogado en 1991 por una ley nueva. Derogar significa que se anula o se deja sin efecto una ley o parte de ella. Así que ya no tienes que cumplir con nada de lo que decía este artículo.
Texto oficial
ARTICULO 243.- (DEROGADO POR EL ARTICULO SEGUNDO TRANSITORIO DE LA LEY ORGANICA DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE NUEVO LEON, P.O. 5 DE JULIO DE 1991)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.