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Ley
Código Fiscal del Estado de Nuevo León
Artículo
245

Artículo 245 del Código Fiscal del Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no existe, se eliminó en 1991. Básicamente, fue cancelado por una nueva ley que creó el Tribunal de lo Contencioso Administrativo de Nuevo León. Así que no tienes que preocuparte por él, ya no tiene ningún efecto legal. Solo es un aviso de que esa parte de la ley quedó sin uso.

Texto oficial

ARTICULO 245.- (DEROGADO POR EL ARTICULO SEGUNDO TRANSITORIO DE LA LEY ORGANICA DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE NUEVO LEON, P.O. 5 DE JULIO DE 1991

Ver texto oficial del Código Fiscal del Estado de Nuevo León (pág. 102) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.