- Ley
- Código Fiscal del Estado de Nuevo León
- Artículo
- 62
Artículo 62 del Código Fiscal del Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que, si el SAT encuentra documentos o información de otra persona, como facturas, contratos o recibos que mencionen tu nombre o los datos de tu negocio, van a asumir que son tuyos. O sea, que esas operaciones sí las hiciste tú, aunque el papel esté a nombre de alguien más. Eso aplica si el documento usa tu nombre, tu dirección, tus establecimientos, o si se comprueba que tú entregas o recibes cosas en el domicilio de otra persona. También aplica si los pagos o cobros se hicieron a través de otra persona (real o inventada) para que tú no aparezcas. La trampa es que puedes demostrar lo contrario, pero si no tienes pruebas, el SAT lo tomará como algo que sí sucedió. En corto: te pueden achacar operaciones de terceros si se parecen mucho a tu negocio, y tú tienes que comprobar que no son tuyas.
Texto oficial
ARTICULO 62.- Para el valor de los actos o actividades de los contribuyentes, las autoridades fiscales presumirán, salvo prueba en contrario, que la información o documentos de terceros relacionados con el contribuyente corresponden a operaciones realizadas por éste, cuando: I.- Se refieran al contribuyente designado por su nombre, denominación o razón social. II.- Señalen como lugar para la entrega o recibo de bienes o prestación de servicios relacionados con las actividades del contribuyente, cualquiera de sus establecimientos, aún cuando exprese el nombre, denominación o razón social de un tercero, real o ficticio. III.- Señalen el nombre o domicilio de un tercero, real o ficticio, si se comprueba que el contribuyente entrega o recibe bienes o servicios a ese nombre o en ese domicilio. IV.- Se refieran a cobros o pagos efectuados por el contribuyente o por su cuenta, por persona interpósita o ficticia. (REFORMADO, P.O. 23 DE DICIEMBRE DE 2021)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.