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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/nuevo-leon/codigo-penal/217%2520BIS
Ley
Código Penal para el Estado de Nuevo León
Artículo
217 BIS

Artículo 217 BIS del Código Penal para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no existe en la ley, fue eliminado por completo en 2004. Por eso dice "derogado", que significa que se canceló y ya no tiene ningún efecto legal. No tienes que preocuparte por él, porque ya no aplica para nada. En pocas palabras, es como si la ley lo hubiera borrado del mapa.

Texto oficial

ARTÍCULO 217 BIS.- DEROGADO (P.O. 28 DE JULIO DE 2004) (REFORMADO, P.O. 29 DE ENERO DE 1997)

Ver texto oficial del Código Penal para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.