Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/nuevo-leon/codigo-penal/418
- Ley
- Código Penal para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 418
Artículo 418 del Código Penal para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no es válido, porque se eliminó de la ley en julio de 2014. Cuando una ley dice "derogado", significa que se quitó o canceló oficialmente, como cuando se borra una regla. Así que no tienes que preocuparte por lo que decía, ya no te afecta ni se aplica en ningún caso.
Texto oficial
ARTÍCULO 418.- DEROGADO, P.O. 08 DE JULIO DE 2014.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.