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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/nuevo-leon/codigo-penal/418
Ley
Código Penal para el Estado de Nuevo León
Artículo
418

Artículo 418 del Código Penal para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no es válido, porque se eliminó de la ley en julio de 2014. Cuando una ley dice "derogado", significa que se quitó o canceló oficialmente, como cuando se borra una regla. Así que no tienes que preocuparte por lo que decía, ya no te afecta ni se aplica en ningún caso.

Texto oficial

ARTÍCULO 418.- DEROGADO, P.O. 08 DE JULIO DE 2014.

Ver texto oficial del Código Penal para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.