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- Ley
- Código Penal para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 421
Artículo 421 del Código Penal para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no tiene validez porque fue eliminado de la ley en julio de 2014. Cuando una ley dice "derogado", significa que se canceló o quitó del marco legal. Entonces, no tienes que preocuparte por cumplir con lo que decía, porque ya no existe. En la práctica, es como si ese artículo nunca hubiera estado.
Texto oficial
ARTÍCULO 421.- DEROGADO, P.O. 08 DE JULIO DE 2014.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.