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VI.1o.C.50 CTesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Civil

PRUEBAS EN UN INCIDENTE DERIVADO DE UN PROCEDIMIENTO CIVIL. NO PUEDEN TOMARSE EN CUENTA EN EL JUICIO PRINCIPAL, PORQUE SE VIOLARÍA EL PRINCIPIO DE IGUALDAD PROCESAL (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA).

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 12, Noviembre de 2014; Tomo IV; Pág. 3020

Precedentes

Amparo directo 298/2002. José Rafael Isabel López Barranco. 26 de septiembre de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Rosa María Temblador Vidrio. Secretario: Juan E. Gatica Arteaga. Nota: Esta tesis es objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 122/2014, pendiente de resolverse por la Primera Sala. Por instrucciones del Tribunal Colegiado de Circuito, la tesis que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XVII, febrero de 2003, página 1124, se publica nuevamente con la modificación en el precedente que el propio tribunal ordena sobre la tesis originalmente enviada.

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